Las
vacaciones anuales serán de un mes natural
o veintidós días hábiles, a los que se añadirán los
que correspondan por años de servicios cumplidos:
Hasta 14 años ............... 22 días
hábiles.
15 años .......................... 23 días
hábiles.
20 años .......................... 24 días
hábiles.
25 años .......................... 25 días
hábiles.
30 años .......................... 26 días
hábiles.
Tendrá derecho a 6 días
de asuntos propios más dos días adicionales al cumplir el 6º trienio,
incrementándose en un día adicional por cada trienio cumplido a partir
del 8º.